Por: Diego Alejandro Castrillón — Socio Director, Castrillón & Cárdenas Abogados Consultores.
La visa de inversionista (visa M de Migrante, subtipo Inversionista) es para el extranjero que registró una inversión extranjera directa por encima de 650 SMMLV o compró un inmueble a su nombre por un valor mínimo de 350 SMMLV, y mantiene esa inversión. Si lo que haces es entrar como socio de una empresa colombiana con una participación menor, normalmente se trata de otra visa: la de socio o propietario, con un mínimo de 100 SMMLV. En este artículo te explicamos cuál es cuál, qué documentos piden y cómo es el trámite.
¿Qué es la visa M de inversionista?
Es una visa de Migrante creada por la Resolución 5477 de 2022 de la Cancillería, que reclasificó las visas y entró en vigor en octubre de 2022. Según la Cancillería, se otorga hasta por tres años al extranjero que hizo inversión extranjera directa (IED) o adquirió un inmueble a nombre propio y conserva esa inversión durante toda la vigencia de la visa.
Dos ideas clave:
- La inversión debe estar registrada ante el Banco de la República; no basta con haber enviado dinero. Sobre ese registro tenemos otra guía: inversión extranjera en Colombia.
- Si cambian las circunstancias de la inversión (por ejemplo, vendes el inmueble), debes informarlo de inmediato a la autoridad de visas.
¿Cuánto hay que invertir? Montos en SMMLV
Los montos se expresan en salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV) a la fecha de presentación de la solicitud, así que su valor en pesos cambia cada año. Por eso conviene calcularlo con el salario mínimo oficial del momento en que presentes el trámite.
| Tipo de inversión | Monto en SMMLV | Documentos clave |
|---|---|---|
| Inversión extranjera directa (por ejemplo, capital en una sociedad) | Superior a 650 SMMLV | Extractos del Banco de la República que muestren el registro de la inversión a tu nombre; extractos bancarios de los 3 últimos meses; cobertura de salud |
| Compra de inmueble | Mínimo 350 SMMLV | Certificado de tradición y libertad a tu nombre exclusivo; extractos de inversión inmobiliaria del Banco de la República; extractos bancarios; cobertura de salud |
| Socio o propietario (otra visa) | Mínimo 100 SMMLV en capital pagado o inversión registrada | Carta de la sociedad (razón social, NIT, actividad, empleos); certificado de composición accionaria si es sociedad por acciones; extractos bancarios |
Fuente: página oficial “Visa M Inversionista” de la Cancillería y artículos 75 y 79 de la Resolución 5477 de 2022.
Un detalle útil: la resolución aclara que comprar acciones en el mercado secundario no da lugar a la visa de socio o propietario.
¿En qué se diferencia de la visa de socio o propietario?
La visa de inversionista mira cuánto y en qué invertiste (inversión registrada o inmueble). La visa de socio o propietario mira tu participación en una sociedad comercial: la constituyes o entras a una ya existente, con al menos 100 SMMLV, y la empresa debe demostrar actividad económica.
Diferencias prácticas:
- Monto: 100 SMMLV (socio o propietario) frente a 350 o 650 SMMLV (inversionista, según sea inmueble o IED).
- Permiso de trabajo: en la de socio o propietario se limita a la sociedad de la que eres socio, accionista o propietario. En la de inversionista, la página oficial no lo detalla; confírmalo con la firma o con la Cancillería.
- Vigencia: ambas hasta tres años, la de socio condicionada a que mantengas la participación.
Si no sabes cuál te conviene, depende de tu plan: comprar para vivir o rentar, o montar y operar un negocio. Es una decisión que se revisa con tu situación, no con una regla general.
¿Esta visa lleva a la residencia?
Es una visa de Migrante, y las visas M pueden acumular tiempo para la visa de Residente (R). Para pedir la visa de Residente (R) por tiempo acumulado se exigen cinco años como titular de la visa M de inversionista o de socio o propietario (artículo 90 de la Resolución 5477 de 2022, modificado por la Resolución 10434 de 2023), y cumplir ese tiempo no la hace automática. Los tres años continuos que menciona el artículo 23 son otra cosa: sirven como prueba de residencia con vocación de permanencia.
Para el paso siguiente, mira nuestra guía de la visa de residente en Colombia.
Paso a paso del trámite
- Define la vía: inversión extranjera directa, inmueble o participación como socio. Esto decide el monto y los documentos.
- Realiza y registra la inversión ante el Banco de la República, por los canales cambiarios autorizados.
- Si es inmueble, escritura a tu nombre exclusivo y certificado de tradición y libertad actualizado. Si quieres entender esa compra, lee comprar propiedad en Medellín siendo extranjero.
- Reúne los documentos: extractos de inversión del Banco de la República, extractos bancarios de los 3 últimos meses y prueba de cobertura de salud.
- Presenta la solicitud en la plataforma de visas de la Cancillería y paga el estudio y la expedición según la tarifa oficial vigente (no incluye el impuesto de timbre; ver la página de costos de la Cancillería).
- Tras la aprobación, inscribe tu visa y tramita la cédula de extranjería ante Migración Colombia dentro del plazo que fije la norma vigente (las fuentes oficiales consultadas hablan de 15 días calendario; confírmalo antes de planear).
Ningún paso garantiza la aprobación: la Cancillería evalúa cada solicitud y los tiempos varían.
Errores comunes
- Calcular el monto con el salario mínimo de otro año.
- Hacer la inversión sin registrarla o con el registro a nombre de un tercero.
- Comprar el inmueble a nombre de una sociedad o de varias personas, cuando se exige a nombre exclusivo del extranjero.
- No avisar cambios en la inversión, que puede afectar la visa.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto cuesta la visa de inversionista?
Según la Resolución 3969 de 2026 de la Cancillería, la visa M tiene un costo de estudio de USD 56 y de expedición de USD 204, para un total de USD 260. Esa tarifa no incluye el impuesto de timbre, que se paga aparte. Las tarifas cambian por resolución: confírmalas en la página de costos de visas de la Cancillería.
¿Puedo obtener la visa si compro un apartamento en Medellín?
Si el inmueble está a tu nombre exclusivo y su valor es de al menos 350 SMMLV a la fecha de la solicitud, hay una vía prevista, con los extractos de inversión inmobiliaria del Banco de la República. Cumplir el monto no asegura la aprobación.
¿Tengo que mantener la inversión?
Sí. La visa se otorga a quien mantiene la inversión durante su vigencia, y para renovarla debes demostrar que la mantuviste. Los cambios deben informarse a la autoridad de visas.
¿Se puede cambiar de visa de socio a inversionista?
Son subtipos distintos con requisitos propios. Si tu inversión crece, conviene analizar si encaja en otra categoría y qué pasa con tu visa actual. Lo revisamos con tu caso.
Lee también
¿Necesitas orientación?
Nuestro equipo Migratorio puede revisar tu caso y decirte qué visa se ajusta a tu inversión. Escríbenos por WhatsApp o llama al PBX (4) 349 3310.
Fuentes consultadas
- Cancillería. Visa M Inversionista
- Cancillería. Visa de Migrante (tipo M)
- Cancillería. Resolución 5477 de 2022 (compilación normativa)
- Cancillería. Costos de trámites de visa
- Cancillería. Resolución 3969 de 2026 (tarifas de visas)
Aviso legal: Este artículo tiene fines informativos y no constituye asesoría legal individual. Cada caso tiene particularidades propias; te recomendamos agendar una consulta personalizada antes de tomar decisiones legales.


